Todos los gastos no deducibles en el Impuesto de Sociedades
La gestión de los gastos deducibles y no deducibles en el Impuesto de Sociedades tiene un gran peso en la tributación de cualquier empresa. Sin embargo, muchas sociedades aún registran gastos contables que posteriormente Hacienda no les deja deducir. Lo malo de estos errores es que provocan ajustes en la base imponible, aumentos en la cuota a pagar y comprobaciones e inspecciones tributarias.
En esta guía elaborada por una asesoría fiscal especializada en empresas como Castellana Consultores, recogemos los gastos no deducibles en el Impuesto de Sociedades, los principales fallos que cometen las sociedades y ejemplos reales para que tú mismo sepas qué partidas pueden generar riesgos fiscales.
¿Qué son los gastos no deducibles en el Impuesto de Sociedades?
Los gastos no deducibles son los contabilizados por la empresa que, aunque puedan ser válidos a nivel contable, la normativa fiscal no permite restar para calcular la base imponible del Impuesto de Sociedades. Esto significa que:
- El gasto puede aparecer en la contabilidad.
- Reduce el resultado contable.
- Pero no reduce la base imponible fiscal.
Por tanto, habrá que realizar un ajuste extracontable positivo para eliminar su efecto fiscal.
Gastos deducibles y no deducibles en el Impuesto de Sociedades: diferencias clave
Antes de analizar los gastos prohibidos por la normativa fiscal, conviene distinguirlos de los que sí son deducibles en el IS.
| Tipo de gasto | ¿Se contabiliza? | ¿Reduce resultado contable? | ¿Reduce base imponible? |
|---|---|---|---|
| Gasto deducible | Sí | Sí | Sí |
| Gasto no deducible | Sí | Sí | No |
Lo vemos con un ejemplo de cada uno.
- Ejemplo de gasto deducible. Compras ordenadores para tus empleados, con factura. A su vez, está vinculado a la actividad y correctamente contabilizado.
- Ejemplo de gasto no deducible. La empresa paga una multa de tráfico de un vehículo corporativo. Existe justificante y está contabilizada, pero la ley prohíbe expresamente su deducción.
Ahora sí, la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece los gastos que las empresas no se pueden deducir fiscalmente.
1. Multas, sanciones y recargos
Son probablemente los gastos no deducibles más conocidos. Incluyen:
- Multas de tráfico.
- Sanciones laborales.
- Sanciones tributarias.
- Recargos por presentación fuera de plazo.
- Recargos derivados de inspecciones.
Ejemplo:
Una empresa presenta una declaración tributaria fuera de plazo y recibe un recargo de 1.200 euros. Contablemente puede registrarlo como gasto, pero fiscalmente no podrá deducirlo.
2. Donativos y liberalidades
Las liberalidades son gastos realizados sin contraprestación económica ni vinculación con la actividad empresarial. Por ejemplo:
- Regalos personales a socios.
- Donaciones a particulares.
- Pagos sin justificación empresarial.
- Obsequios de carácter privado.
Ejemplo:
La sociedad paga un viaje vacacional a un familiar del administrador. Aunque se registre contablemente, Hacienda lo considerará una liberalidad y no será deducible.
¿Y los regalos a los clientes?
Aquí hay una excepción importante. Sí son deducibles atenciones comerciales, obsequios promocionales o gastos de relaciones públicas, si hay finalidad empresarial acreditable.
3. Retribución de fondos propios
No son deducibles las cantidades destinadas a remunerar el capital aportado por los socios. Entre ellas:
- Dividendos.
- Retribuciones vinculadas a participaciones sociales.
- Distribuciones de beneficios.
Ejemplo
Una empresa reparte 50.000 euros de dividendos. Esta salida de fondos nunca constituye un gasto deducible.
4. Pérdidas del juego
Las pérdidas derivadas de actividades de juego no son deducibles. Aunque no suelen ser frecuentes en empresas, la ley las contempla expresamente.
Ejemplo:
La sociedad organiza una actividad corporativa y asume pérdidas económicas derivadas de apuestas deportivas. En ese caso, no podrá deducirlas fiscalmente.
5. Gastos por deudas con entidades del grupo en determinadas operaciones
Existen limitaciones concretas para evitar estructuras artificiales de financiación dentro de los grupos empresariales. Así que estas restricciones afectan a:
- Préstamos intragrupo.
- Operaciones de adquisición de participaciones.
- Reestructuraciones societarias.
En estos casos es imprescindible realizar un análisis fiscal previo.
Ejemplo:
Una sociedad matriz presta dinero a su filial para comprar participaciones de otra empresa del grupo. Los intereses del préstamo no serán deducibles si la operación no tiene motivos económicos válidos y se hace por una ventaja fiscal.
6. Gastos correspondientes al propio Impuesto de Sociedades
Sin ir más lejos, la cuota del Impuesto de Sociedades nunca es deducible.
Ejemplo:
La empresa paga 25.000 euros de Impuesto de Sociedades. Ese importe no puede volver a utilizarse como gasto fiscal.
7. Gastos sin justificación documental suficiente
Aunque la ley no los mencione de manera expresa como categoría independiente, los gastos sin justificación son una de las principales causas de regularización. Recuerda que para deducir un gasto debe existir:
- Factura válida.
- Registro contable.
- Correlación con los ingresos.
- Justificación económica.
Ejemplo:
Un administrador paga una comida con tarjeta corporativa, pero no conserva la factura. En ese caso, la Agencia Tributaria podría rechazar la deducción.
8. Gastos personales cargados a la sociedad
Es uno de los riesgos más frecuentes, sobre todo, en pymes y en sociedades familiares. Entre ellos:
- Viajes privados.
- Reformas de viviendas particulares.
- Vehículos de uso exclusivamente personal.
- Compras familiares.
Ejemplo
La empresa paga el gimnasio personal del socio. Aunque aparezca contabilizado, no hay vinculación con la actividad económica y, por lo tanto, no será deducible.
Gastos no deducibles en el Impuesto Sociedades como cuenta contable
Una duda habitual es si hay una cuenta específica para registrar estos gastos no deducibles. La respuesta es que no necesariamente. Suelen contabilizarse en las mismas cuentas que cualquier otro de naturaleza equivalente. Por citar alguno de ellos:
| Operación | Cuenta contable habitual |
|---|---|
| Multas | 678 |
| Donativos | 678 |
| Gastos extraordinarios | 678 |
| Otros servicios | 629 |
| Relaciones públicas | 627 |
La diferencia está en el tratamiento fiscal posterior. Por ello, al preparar el IS tendrás que identificar estas partidas y hacer los correspondientes ajustes extracontables.
Errores frecuentes que cometen las empresas con los gastos en el IS
Precisamente, en cuanto a la preparación del Impuesto de Sociedades, hay varios errores comunes que se suelen cometer con los gastos:
- Considerar deducible cualquier gasto contabilizado. Es un error muy común, pero no todo gasto contable es automáticamente deducible.
- No conservar documentación. Sin una factura válida será difícil defender cualquier deducción ante Hacienda.
- No verificar la correlación entre gasto e ingreso. Es algo que hay que hacer tanto con gastos propios como del resto del equipo.
- Confundir gastos personales con gastos empresariales. Este fallo es muy típico en sociedades familiares.
- No revisar los ajustes extracontables. Muchas empresas registran bien el gasto, pero olvidan hacer el ajuste fiscal correspondiente.
- No revisar periódicamente la contabilidad. Ten en cuenta que puede haber cambios y actualizaciones legales.
- No analizar operaciones con socios y administradores. Sea una sociedad familiar o de cualquier otro estilo, y haya o no dividendos.
- No contar con asesoramiento especializado. Una revisión preventiva evita problemas fiscales futuros.
Conocer los gastos no deducibles en el Impuesto de Sociedades es fundamental para evitar problemas. Multas, sanciones, liberalidades, dividendos, gastos personales u operaciones intragrupo son las partidas que más frecuentemente provocan esos ajustes fiscales.
En Castellana Consultores ayudamos a las empresas a revisar su tributación, detectar y evitar riesgos fiscales y optimizar el Impuesto de Sociedades según la normativa vigente. Una revisión preventiva te ahorrará costes mucho mayores en el futuro. Contáctanos.

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