Gastos impuesto sociedades
Category: Fiscal

Gastos en el impuesto de sociedades, ¿cuáles son deducibles fiscalmente y cuáles no?

Si hablamos de impuestos, el de Sociedades es uno de los términos más populares que hay. Pocos tributos tienen más impacto y relevancia en la contabilidad de las empresas. Sin embargo, su aplicación tiene muchos matices que tan solo dominan en profundidad las asesorías fiscales como Castellana Consultores. ¿Qué gastos no son deducibles en el Impuesto de Sociedades? ¿Y cuáles sí? ¿Qué requisitos debe cumplir tu empresa para beneficiarse de las deducciones? Cuestiones e interrogantes que intentamos desvelarte a continuación.

 

¿Qué es y cómo funciona el Impuesto de Sociedades?

No es la primera ocasión en la que hablamos del Impuesto de Sociedades. De hecho, es un tema recurrente por su importancia para las empresas con las que trabajamos. Por eso, en otros artículos hemos detallado qué es y qué diferencias fiscales ofrece para cada tipo de compañía. Aun así, no está de más definir qué es exactamente.

El Impuesto de Sociedades grava las ganancias que obtienen empresas y entidades. Se calcula sobre la base de las ganancias de la compañía durante un período fiscal determinado (normalmente, el año natural). Así mismo, para conocer esas ganancias se restan los gastos y pérdidas de la empresa de su ingreso bruto por ventas o prestaciones de servicios.

El impuesto se aplica a la tasa establecida por la legislación tributaria del país en el que reside la empresa. En España, los tipos impositivos del Impuesto de Sociedades se sitúan entre el 15 y el 25%, en función de si cumples alguna condición que te ofrezca un tipo bajo o no.

Debes tener en cuenta que los gastos no deducibles del Impuesto de Sociedades estarán determinados por la regulación del país en el que residas. En algunos se aplica a todas las empresas sin importar su forma jurídica o tamaño, mientras que en otros existen exenciones o tipos reducidos para ciertos tipos de empresas.

 

Requisitos para deducir un gasto en el Impuesto de Sociedades

En España, para que un gasto sea deducible en el Impuesto de Sociedades debe cumplir con los siguientes requisitos:

 

  • Debe ser necesario para la obtención de los ingresos o para conservarlos.
  • Debe estar acreditado por una factura, recibo o documento justificativo similar.
  • Debe ser anterior al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración del tributo.
  • Debe estar debidamente documentado.
  • Debe ser proporcional y razonable en cuanto a cuantía y tiempo.
  • Debe estar registrado contablemente.

 

En este sentido, es recomendable consultar la legislación tributaria y la jurisprudencia sobre los gastos deducibles del Impuesto de Sociedades y cómo se deben acreditar. O apoyarte en profesionales como los que forman nuestro equipo.

 

Gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades

Lo que sí te avanzamos es que, en España, entre los gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades puedes encontrar:

 

  • Los gastos de personal, o sea, salarios, cotizaciones a la Seguridad Social y otros conceptos retributivos.
  • Los suministros y servicios como la compra de materias primas, energía, el agua o suministros de oficina.
  • Los gastos de alquiler o cesión de uso de bienes como locales, maquinaria o equipo.
  • Ciertos gastos financieros como los intereses de descuentos o descuentos comerciales concedidos a clientes.
  • Los gastos de amortización por la depreciación de los bienes de tu empresa.
  • Los costes de formaciones y actualización del personal.
  • Los gastos derivados de procesos de investigación y desarrollo.
  • Las provisiones para riesgos y gastos.

Son solo algunos ejemplos que puedes incluir como gastos deducibles como sociedad limitada en el Impuesto de Sociedades. Aun así, te aconsejamos revisar la legislación y jurisprudencia que te corresponda antes de intentar deducirte cualquier gasto.

 

Gastos NO deducibles en el Impuesto de Sociedades

A su vez, y alineándonos con los requisitos para los gastos no deducibles en el Impuesto de Sociedades, estos pueden ser ejemplos como los que citamos a continuación:

 

  • Los regalos o donaciones a empleados siempre que no se hagan con arreglo a los usos y costumbres.
  • Las multas o sanciones impuestas por infracciones.
  • Los gastos de representación, en la medida que excedan de ciertos límites.
  • Los gastos relacionados con bienes que, aun siendo propiedad de la sociedad, no estén afectos a la realización de una actividad económica, esto es, que no tengan una finalidad productiva.

 

Esn este sentido, y si quieres disipar dudas concretas, la propia AEAT ofrece un contenido con gastos no deducibles para el Impuesto de Sociedades.

Al mismo tiempo, como llevamos indicando a lo largo de todo este texto, otra buena medida es consultar con profesionales los gastos del Impuesto de Sociedades que puedes deducirte o no. Cada empresa es un mundo y tiene sus peculiaridades, por lo que los especialistas en asesoría contable y fiscal serán quienes mejor te asesoren.

A modo de conclusión, lo que nos queda es recomendarte que te dejes ayudar para tu planificación fiscal y tributaria. En Castellana Consultores contamos con el equipo de profesionales y la experiencia suficiente como para ayudarte al declarar este tributo y muchos otros. Por eso, te dejamos nuestro contacto y te esperamos encantados para resolver todas tus dudas.

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