Emisión del Certificado Digital
Castellana Consultores está constituida como Punto de Verificación Presencial para la emisión de los certificados digitales. Esto quiere decir, que puede gestionar la emisión de identidades digitales a nivel Europeo.
Cualquier certificado tramitado por Castellana Consultores, tendrá validez en todo el territorio de la U.E., lo que nos habilita como prestadores de servicios de otros países miembros.


¿Qué es?
El Certificado Digital es un documento digital que es expedido por una Autoridad de Certificación, y permite que te puedas identificar ante terceros, firmar documentación o realizar todos los trámites telemáticos con la Administración de forma segura y con plenas garantías legales. En pocas palabras, equivale a un DNI, con el que se garantiza que eres tú quien accede a un procedimiento telemático, mediante el uso de tu firma electrónica.
¿Para qué vale?
Disponer de un Certificado Digital te facilitará infinidad de trámites administrativos que se pueden realizar a través de las sedes electrónicas de los distintos organismos de la Administración (Ministerios, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, AEAT, Seguridad Social, etc.).
¿Por qué Castellana Consultores?
Porque todo el trámite se realiza desde un único lugar, sin esperas, en nuestras oficinas, sin necesidad de pedir cita previa ni personarse en ningún organismo público. Basta con la firma de un documento y que nosotros verifiquemos su identidad para obtener el certificado en un plazo de 24/48 horas.
Tipo de certificados que emitimos
Esta certificación electrónica acredita asocia al usuario a unos datos de verificación de firma que permiten confirmar su identidad. Este Certificado Digital lo podrá obtener cualquier ciudadano español o extranjero en posesión de su DNI o NIE.
Esta certificación electrónica acredita asocia al usuario a unos datos de verificación de firma que permiten confirmar su identidad. Este Certificado Digital lo podrá obtener cualquier ciudadano español o extranjero en posesión de su DNI o NIE.
Este Certificado se emite para que la persona física apoderada por una entidad pueda realizar los trámites ante la Administración, en nombre de la misma. Su utilización está restringida a dicha persona física
Este Certificado lo utilizan las comunidades de bienes, de propietarios, juntas vecinales, uniones temporales de empresas, entidades extranjeras con establecimiento permanente, y otros sin personalidad jurídica, como los fondos de inversión y capital.
Este Certificado se utiliza por el representante de una entidad sin ánimo de lucro al que se haya transferido oficialmente la representación de dicha entidad, y así lo pueda acreditar.
Administradores de entidades, permite hacer gestiones en nombre de la sociedad que representa.
- Debe enviar la documentación en función del tipo de certificado, junto con su teléfono móvil a a informacion@castellanaconsultores.com
- Concertaremos una cita para la «personación» en nuestras oficinas.
- Recibirá un link para la descarga del certificado en su correo electrónico.
- Persona física:
- Fotocopia del DNI / NIE por ambas caras. En el caso de que en el NIE no aparezca la firma o la fotografía, deberá aportarse algún documento oficial donde se vea la firma o la fotografía.
- Teléfono de contacto: debe de poder recibir llamadas de voz.
- Correo electrónico: Correo electrónico donde será expedido el certificado.
- Persona jurídica:
- Fotocopia del DNI / NIE por ambas caras de la persona física representante a cuyo nombre se vaya a expedir el certificado digital. En el caso de que en el NIE no aparezca la firma o la fotografía, deberá aportarse algún documento oficial donde se vea la firma o la fotografía.
- Tarjeta NIF de la entidad.
- Escritura de constitución de la entidad.
- Teléfono de contacto: debe de poder recibir llamadas de voz.
- Correo electrónico: Correo electrónico donde será expedido el certificado.
- En el caso de Sociedades de nueva constitución no será necesario aportar la consulta al registro ni que las escrituras estén registradas, será suficiente con la copia simple de la notaría.
- Entidad sin personalidad jurídica:
- Fotocopia del DNI / NIE por ambas caras de la persona física representante a cuyo nombre se vaya a expedir el certificado digital. En el caso de que en el NIE no aparezca la firma o la fotografía, deberá aportarse algún documento oficial donde se vea la firma o la fotografía.
- Teléfono de contacto: debe de poder recibir llamadas de voz.
- Correo electrónico: Correo electrónico donde será expedido el certificado.
- Fotocopia del documento de constitución, último acta de representante o cualquier documento análogo que acredite la representación de la misma.
En un plazo de 24/48 horas dispondrá del link para descargar el certificado.
Nosotros ponemos a disposición del usuario el Certificado Digital en Software. El usuario al final del proceso recibirá un link para descargarse su Certificado Digital. Nosotros recomendamos la descarga desde un ordenador con el navegador CHROME. El certificado solamente puede descargarse una vez mediante el link, si el usuario no lo hace correctamente o provoca la pérdida del mismo, no nos hacemos responsables.
No obstante, la instalación del certificado digital en software en muy fácil. Basta con hacer doble click en el fichero descargado y seguir los pasos que se indican. En un minuto puede tener su certificado digital correctamente instalado en su ordenador y sin requerir conocimientos informáticos para ello.