Obligaciones fiscales grandes empresas
Category: Fiscal

¿Cuáles son las obligaciones fiscales de las grandes empresas?

Derechos y obligaciones. A todos nos toca cumplir con nuestras responsabilidades para con la sociedad en la que vivimos, seamos personas físicas o jurídicas. Cualquier empresa se aprovecha de un determinado contexto socioeconómico y para fomentarlo y mantenerlo, debe hacer frente a ciertos impuestos. Pero no cualquier compañía puede aportar lo mismo ni tiene la misma repercusión en ese contexto que citábamos. En este artículo nos centramos en desgranar cuáles son las obligaciones fiscales de las grandes empresas en España.

 

¿Qué se entiende por Gran Empresa a efectos fiscales?

El término en nuestro país está recogido jurídicamente. Diferencia por volumen y tamaño de negocio qué impuestos paga cada empresa en España. Así mismo, el artículo 121 de la Ley 37/1992 de 28 de diciembre, que es la del IVA, establece como gran empresa toda organización que el año anterior haya facturado más de 6.010.121,04 €.

Esta definición es de cara a Hacienda, a quien tendremos la obligación fiscal de informar que hemos superado esa cifra de algo más de seis millones de euros. Si nos centramos en lo mercantil, las grandes empresas son aquellas que cumplan dos de las siguientes condiciones:

  • Contar con un activo de más de 4 millones de euros.
  • Que la cifra de negocio de la compañía sea superior a los 8 millones de euros anuales.
  • Que la empresa tenga más de 50 trabajadores.

Siguiendo estos criterios, en España podríamos encontrar microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, además de las ya citadas grandes empresas. Todas ellas tienen que hacer frente a una serie de obligaciones fiscales generales, como son:

  • El IVA.
  • El Impuesto de Sociedades.
  • Las retenciones del IRPF.
  • El Impuesto de Actividades Económicas.
  • La declaración de operaciones con terceros y de las operaciones intracomunitarias.
  • La presentación de las cuentas anuales y las cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Comunicar cualquier cambio en la identidad de la compañía.

Al mismo tiempo hay otro matiz importante para cualquier organización: el de en qué casos tendrán que someterse a auditorías. Así, todas las cuentas que cumplan dos de las siguientes tres condiciones durante dos años consecutivos serán auditadas:

  • Contar con un activo superior a los 2.850.000 euros.
  • Tener un volumen de negocio superior a los 5.700.000 euros.
  • Contar con una plantilla de 50 trabajadores o más.

 

Las obligaciones fiscales específicas de las Grandes Empresas

El caso es que ser gran empresa conlleva unas obligaciones mercantiles y fiscales específicas que son las que enumeramos a continuación:

  • Comunicar a Hacienda que el volumen de negocio supera esa cifra ligeramente por encima de los seis millones de euros.
  • Informar a través del SII (Suministro Inmediato de Información) cualquier facturación emitida o recibida con plazos de, como mucho, cuatro días para los IVA.
  • La presentación de impuestos que era trimestral pasa a ser mensual.
  • Para los pagos fraccionados, que afectan al Impuesto de Sociedades, las grandes empresas a efectos fiscales deben realizarlos sobre la parte de la base imponible del período de los 3, 9 u 11 meses de cada año natural y no sobre el 18% que estipula la norma general.
  • A su vez, se deja de tener la obligación de presentar el modelo 390 del IVA anual, el modelo 347 para declarar operaciones anuales con terceras personas y el modelo 340 para declarar la contabilidad a través de los libros contables de registro.

Además, hay una última condición para ser gran empresa a ojos del ya citado Impuesto de Sociedades: superar los 10 millones de euros de facturación durante el periodo impositivo inmediato anterior.

 

¿Cómo comunicar a la Agencia Tributaria la condición de Gran Empresa?

La cuestión es que es importante ser o no categorizada como gran empresa porque las obligaciones fiscales y tributarias varían notablemente. El marco jurídico es muy distinto. La propia Administración, a través de legislaciones e impuestos, es quien controla que las organizaciones cumplen con sus correspondientes responsabilidades fiscales.

En concreto, el organismo competente es la Agencia Tributaria, a quien habrá que comunicarle si hay que aplicar cambios en las obligaciones fiscales por una facturación mayor, por aumentar el número de empleados o por un crecimiento del volumen de negocio. Para eso lo primero será hacer una declaración censal, mediante el modelo 036. En ella, a través de las casillas 128 y 541, se indicará el paso a gran empresa y la fecha de ese cambio.

Posteriormente, dependerá del sistema o impuesto en cuestión, pero los modelos que enumeramos serán otras vías a través de las que tendremos que comunicarle a la Agencia Tributaria que somos una gran empresa. Sin ir más lejos, en el propio SII, que ya hemos mencionado antes y también en el modelo 202 para los pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades.

En definitiva, si se produce un crecimiento del negocio y pasamos a ser gran empresa, debemos notificárselo a Hacienda, puesto que nuestras obligaciones mercantiles cambian y las responsabilidades tributarias también.

De todas formas, la gestión de una gran compañía ya implica numerosas dificultades y retos día a día como para, además, sumarle cuestiones fiscales. En Castellana Consultores estaremos encantados de ayudarte con la fiscalidad de tu negocio, seas PYME, mediana o gran empresa.

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