Campaña de la Renta 2020: más declaraciones, más ingresos y menos devoluciones

La campaña de la Renta 2020 ha finalizado y más de 21 millones de contribuyentes han presentado la declaración (en concreto: 21.626.000). En esta campaña se han producido más declaraciones, más ingresos y menos devoluciones. El 65% de las declaraciones (es decir, 14.151.000) ha resultado a devolver, mientras que el 35% restante (6.021.000 de declaraciones) ha resultado a ingresar. Este año ha crecido casi un 8% el número de declaraciones a ingresar debido a que los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) no llevaban retención, motivo por el cual, la Agencia Tributaria ha permitido a los contribuyentes afectados fraccionar el pago en seis meses, como ya explicamos en este otro artículo sobre IRPF y COVID: influencia de la pandemia en la Declaración de la Renta.

Al finalizar la campaña de la Renta 2020, la Agencia Tributaria ya había devuelto 7.392 millones de euros a más de 11 millones de contribuyentes. Este año también han sido novedad las declaraciones presentadas por personas que están cobrando el Ingreso Mínimo Vital (IMV): 308.000 beneficiarios. Aunque esta ayuda está exenta del IRPF sus beneficiarios están obligados a presentar la Declaración durante los ejercicios en que se perciba.

¿Se puede realizar la declaración del IRPF fuera de plazo?

La respuesta es sí, se puede realizar la declaración fuera de plazo, pero en este caso la Agencia Tributaria impondrá un recargo, que no una sanción, en caso de que el resultado de la Declaración sea a pagar. Cuanto más tiempo se tarde en presentar la declaración de IRPF, mayor será el recargo. La cuantía que hay que pagar por presentar la declaración fuera de plazo depende de diversas circunstancias:

  • Si el resultado de la declaración es a devolver, la cuantía general de la sanción será de 200€, aunque puede ser rebajada a 100€ si es el contribuyente quien presenta la declaración antes de que la Agencia Tributaria envíe un requerimiento.
  • Si el resultado de la declaración es a ingresar, y el que se ha dado cuenta es el contribuyente, se recibirá un recargo del 5% por presentarla hasta 3 meses después de que termine el periodo voluntario de declaración, un recargo del 10% por presentarla hasta 6 meses fuera de plazo, del 15% si el plazo es de hasta 12 meses y del 20% si se presenta más de 12 meses después de la fecha límite.
  • Si el resultado es a ingresar, pero es la Agencia Tributaria quien reclama el dinero, entonces sí habrá una sanción y la cuantía es mayor que en el caso de los recargos. Hacienda aplicará una sanción del 50% sobre la cantidad a pagar si la infracción es considerada leve. Pero si la infracción se considera grave o muy grave el recargo puede llegar hasta el 150% de la cantidad a pagar. Depende de la cuantía de la deuda y de si el contribuyente es considerado «reincidente».

En definitiva, si aún no se ha presentado la Declaración de la Renta 2020, lo mejor es hacerlo cuanto antes para evitar sanciones mayores.

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