deducciones en el IRPF 2020

Deducciones en el IRPF 2020 para incentivar la realización de determinadas actividades

La campaña de la Declaración de la Renta 2020 acaba de comenzar y en este artículo detallaremos las principales deducciones en el IRPF 2020 en actividades económicas para empresarios y profesionales autónomos.

 

Inversión en empresas de nueva o reciente creación

En el IRPF de 2020 puede deducirse un 30% de la cantidad invertida para la adquisición de acciones o participaciones en empresas nuevas o de reciente creación. La base máxima de la deducción será de 60.000 euros anuales. Hay que tener en cuenta que la deducción solamente se podrá aplicar si las acciones se adquirieron a partir del 29 de septiembre de 2013. En este enlace de la Agencia Tributaria pueden consultarse las condiciones y requisitos para poder desgravarse esta inversión.

Si tiene alguna duda sobre la Declaración del IRPF 2020, recuerde que puede contactar con Castellana Consultores respecto a nuestros servicios de asesoría fiscal.

Deducciones por donativos y otras aportaciones

De las aportaciones a Organizaciones No Gubernamentales (ONG) se puede deducir un 80% de los primeros 150€ y un 35% sobre lo que exceda de dicha cantidad. Esta deducción supone un incremento del 5% respecto a la de 2019. Además, el porcentaje deducible será del 40% si hay una reiteración de donaciones a la misma entidad.

Por otro lado, si el contribuyente ha invertido en actividades culturales se puede deducir el 15% de la aportación realizada, por ejemplo, en la rehabilitación de edificios que estén ubicados en zonas que sean Patrimonio Mundial de la Unesco.

Además, es posible deducir un 20% de las cuotas pagadas por afiliación a partidos políticos, federaciones o agrupaciones electorales, con un límite máximo de 600€ anuales.

 

Deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial

Las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa serán del 5% con carácter general, y del 2,5% en el caso de que:

  • En el ejercicio en el que se obtuvieron los rendimientos reinvertidos se aplicara la reducción del 20% del rendimiento neto positivo declarado
  • Los rendimientos reinvertidos originaran el derecho a la deducción por
    rentas obtenidas en Ceuta o Melilla

En cualquier caso, el importe de la deducción no podrá exceder de la suma de la cuota íntegra estatal y autonómica del período impositivo en el que se obtuvieron los rendimientos netos de actividades económicas.

Además, existen deducciones recogidas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades, como las relativas a la creación de empleo. De tal manera que, aquellas empresas que contraten a su primer trabajador por tiempo indefinido, siempre que sea menor de 30 años, podrán deducir de la cuota íntegra la cantidad de 3.000 euros.

Así mismo, las entidades con menos de 50 trabajadores que firmen contratos de trabajo por tiempo indefinido con desempleados beneficiarios de una prestación contributiva por desempleo podrán deducir de la cuota íntegra el 50% del menor de los siguientes importes:

  • La prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación.
  • El importe correspondiente a doce mensualidades de la prestación por desempleo que tuviera reconocida.

En el Manual Práctico de Renta 2020 publicado por la Agencia Tributaria pueden consultarse, entre otros aspectos, las deducciones en el IRPF 2020.  Además, en nuestro blog hemos publicado el Calendario de 2021 para presentar la declaración de IRPF.

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