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El 7 de abril comienza la campaña de la Declaración de la Renta 2020
La Agencia Tributaria ha publicado ya los plazos para la Declaración de la Renta 2020. En este artículo vamos a desgranar el calendario con las fechas más destacadas de esta cita anual con Hacienda, quiénes están obligados a presentarla y cómo solicitar el borrador de la declaración o los datos fiscales.
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Calendario de 2021 para presentar la Declaración de la Renta 2020
El miércoles 7 de abril se abre el plazo para presentar la Declaración de la Renta 2020 a través de Internet. La campaña se prolongará hasta el 30 de junio. Para poder presentar la Declaración, la AEAT ofrece distintos canales de comunicación: online, por teléfono y presencial.
- 7 de abril: comienza el plazo para presentar la declaración de IRPF por Internet
- 6 de mayo: comienza el plazo para presentar la declaración por vía telefónica: 901 12 12 24 / 91 535 73 26 / 901 22 33 44 / 91 553 00 71
- 2 de junio: comienza el plazo para presentar la declaración de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria
Tanto para presentar la declaración por vía telefónica como de forma presencial será necesario solicitar una cita previa. La solicitud de cita previa se abre el 4 de mayo para las declaraciones vía telefónica y el 27 de mayo para las declaraciones presenciales.
En cuanto a la finalización de la campaña hay que señalar otras dos fechas importantes:
- 25 de junio: termina el plazo para presentar las declaraciones de la renta que resulten a ingresar con domiciliación bancaria
- 30 de junio: finaliza el plazo para presentar las declaraciones que resulten a devolver, las que renuncian a la devolución, negativas y a ingresar sin domiciliación. Termina la campaña de la renta 2020
Quién está obligado a presentarla
Están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2020 aquellas personas que tuvieron su residencia fiscal en España en ese año y cuyos rendimientos del trabajo sean iguales o superiores a la cantidad de:
- 22.000 euros brutos anuales con carácter general y cuando proceden de un único pagador. También si se ha recibido de varios pagadores pero la suma de las cantidades ingresadas del segundo y sucesivos pagadores no superen en conjunto los 1.500€ brutos anuales.
- 14.000 euros brutos anuales en el supuesto de que los ingresos procedan de más de un pagador siempre que la suma de las cantidades ingresadas del segundo y sucesivos pagadores superen en conjunto los 1.500€ brutos anuales. También si se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, si el pagador de los rendimientos del trabajo no está obligado a retener o si se perciben rendimientos del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
Además, también están obligados a declarar quienes obtengan rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta superiores a los 1.600€.
También deberán realizar la declaración aquellos que hayan obtenido subvenciones públicas, rentas del tesoro, rentas inmobiliarias imputadas o ayudas para la adquisición de viviendas de protección oficial superiores a 1.000€
Solicitud de datos fiscales y obtención del borrador de la declaración
A partir del 15 de marzo se podrá acceder a los datos fiscales así como ver el borrador de la Declaración de la Renta 2020. Para ello es necesario visitar la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y disponer de certificado electrónico, del número de referencia RENO o Cl@ve Pin.
La Agencia Tributaria confecciona el borrador con los datos de que dispone, por lo que siempre es necesario revisar bien toda la información ya que puede haber errores. Sobre todo si han cambiado las circunstancias familiares y personales, es decir, si se han tenido hijos, si ha habido divorcios o matrimonios, deducciones por vivienda, aportaciones a planes de pensiones, percepción de subvenciones por compra de vivienda o vehículos, etc.
Por último, si se desea obtener un borrador de la declaración con tributación conjunta será necesario aportar también el NIF del cónyuge.
En Castellana Consultores podemos ayudarle con su Declaración de la Renta 2020. Contacte con nosotros si desea recibir asesoramiento fiscal o más información.
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