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Calendario fiscal, ¿qué fechas debo tener en cuenta para mi empresa?
Tienen más de 5.000 años, cuando sumerios y babilonios los inventaron. ¿Su función? Servir como herramienta de orden o control para múltiples cuestiones. Cosechas, recogidas, épocas de mayor venta, plagas, aspectos bélicos… Hablamos de los calendarios. Su utilidad es tal que hoy en día se siguen empleando en cualquier ámbito. También en el de la empresa y en el de la fiscalidad, donde es un elemento fundamental. En las próximas líneas te explicamos qué es exactamente un calendario fiscal, más conocido como calendario del contribuyente, y qué fechas debes marcar en él para este 2023 que acaba de comenzar.
¿Qué es el calendario fiscal o calendario del contribuyente?
Un calendario fiscal es un calendario en el que se indican las fechas en las que cualquier contribuyente debe pagar sus impuestos. Así mismo, se suele utilizar el término calendario del contribuyente para referirse a él,
Por lo tanto y como comprenderás, estamos ante un elemento muy importante para cualquier persona física o jurídica. Tener claro el calendario de impuestos y cuándo es el límite para declarar cada tributo evita problemas y sanciones administrativas por demoras.
Calendario para empresas y autónomos por meses
Así mismo, como cada año, las fechas varían, o sea que ya puedes olvidarte del calendario fiscal de 2022. A su vez y para ayudarte, a continuación, desgranamos el calendario del contribuyente de 2023 para autónomos y empresas.
A su vez, tienes que recordar que a nivel general:
- Tienes de plazo hasta el día 12 de cada mes para suministrar la información estadística del INTRASTAT (Estadísticas de Comercio Intracomunitario).
- Tienes de plazo hasta el día 20 de cada mes para el abonar el Impuesto de Renta y Sociedades, en el que se declaran:
- Retenciones e Ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo.
- Actividades económicas.
- Premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.
- Ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva.
- Rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
- Tienes de plazo hasta el día 20 de cada mes (en el caso de mayo es el día 22) para hacer frente a los siguientes tributos:
- Impuesto sobre las Primas de Seguros.
- Impuestos Especiales de Fabricación.
- Impuesto Especial sobre la Electricidad.
- Impuestos Medioambientales.
- Impuestos Especial sobre las Transacciones Financieras.
- Impuesto sobre el Carbón.
A continuación, te detallamos los días límite de cada mes en los que tienes que hacer frente a alguna declaración o impuesto concreto y que no es recurrente.
Enero
- Hasta el 2 de enero: Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.
- Hasta el 31 de enero:
- Impuesto sobre determinados Servicios Digitales.
- Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
- Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.
- Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.
- Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento.
- Declaración informativa de préstamos y créditos y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
- Donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas.
- Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.
- Declaración informativa de adquisiciones y enajenaciones de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
- Operaciones con activos financieros.
- Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia.
Febrero
- Hasta el 20 de febrero:
- Número de Identificación Fiscal.
- Subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
- Gravamen temporal energético.
- Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito.
- Hasta el 28 de febrero:
- Declaración anual de consumo de energía eléctrica.
- Declaración informativa anual de operaciones realizadas por empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o débito.
- Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo.
- Declaración anual de operaciones con terceros.
Marzo
- Hasta el 31 de marzo: Impuesto de Hidrocarburos.
Abril
- Entre el 11 de abril y el 30 de junio: presentación por Internet de las Declaraciones de Renta y Patrimonio de 2022.
- Hasta el 20 de abril: pagos fraccionados de Renta y del Impuesto de Sociedades y establecimientos permanentes de no residentes. Autoliquidaciones del IVA y de Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta, correspondientes al Primer Trimestre.
Mayo
- Hasta el 2 de mayo:
- Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
- Número de Identificación fiscal.
- Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
- Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.
- Hasta el 31 de mayo:
- Declaración anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.
- Declaración anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses.
Junio
- Desde el 1 de junio hasta el 30 de junio tienes la posibilidad de presentar la Declaración de la Renta 2022.
- Hasta el 27 de junio: Declaración anual de Renta y Patrimonio 2022 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
- Hasta el 30 de junio: Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de estado por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente.
Julio
- Hasta el 20 de julio: pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta. Autoliquidaciones del IVA y de Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta, correspondientes al Primer Trimestre.
- Hasta el 25 de julio:
- Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español).
- Declaración de prestación patrimonial por conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración Tributaria.
- Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de Estado por contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no residentes (establecimientos permanentes y entidades en atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español).
- Hasta el 31 de julio:
- Número de Identificación Fiscal.
- Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.
- Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.
Agosto
No hay fechas especiales o concretas, salvo las generales especificadas al inicio de este apartado.
Septiembre
- Hasta el 20 de septiembre: Gravamen temporal energético y Gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito
Octubre
- Hasta el 20 de octubre: Pagos fraccionados de la Renta y pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades y Establecimientos Permanentes de no Residentes. Autoliquidaciones del IVA y de Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta, correspondientes al Primer Trimestre.
- Hasta el 31 de octubre: Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos, Número de Identificación Fiscal, Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables, la Cuenta Corriente Tributaria y el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
Noviembre
- Hasta el 6 de noviembre: ingreso del segundo plazo de la Declaración Anual de la Renta de 2022, si se fraccionó el pago.
- Hasta el 30 de noviembre: Declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
Diciembre
- Hasta el 20 de diciembre: pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades y establecimientos permanentes de no residentes.
Antes de concluir, también debes tener una cuestión en cuenta: las diputaciones forales tienen calendarios para los contribuyentes distintos. Es decir, estas fechas y modelos que hemos señalado para los calendarios de autónomos y empresas no son los mismos para los residentes en , Guipúzcoa, Álava o Navarra. Tenlo en cuenta al hacer tu planificación fiscal, si estás en uno de estos territorios.
En cuanto a cómo declarar los tributos y a qué modelos debes presentar, la propia O si no, siempre puedes recurrir a una compañía especializada en asesoría como Castellana Consultores. No solo te informaremos al respecto, si no que te recomendaremos lo mejor para cumplir con el calendario y sacarle todo el provecho, si es posible.
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