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Cambios introducidos con la nueva Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal

En julio de 2021 se ha aprobado una nueva Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que afecta al funcionamiento del mercado interior y que también modifica algunas normas tributarias. Estos son los principales cambios:

Modificación de la transparencia fiscal internacional

Se actualiza la relación de países y territorios considerados «paraísos fiscales», o jurisdicciones no cooperativas, así como la de regímenes fiscales perjudiciales. Además se amplía el listado de rentas pasivas susceptibles de ser objeto de transparencia.

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Modificación del régimen aplicable a las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV)

Ahora se establecen requisitos adicionales para los socios de las SICAV, a efectos de que estas puedan aplicar el tipo de gravamen del 1%. A partir del 1 de enero de 2022, se computarán solo los accionistas que sean titulares de acciones por importe igual o superior a 2.500€. Para las SICAV por compartimentos, a la hora de determinar el número mínimo de accionistas de cada compartimento, se computará sólo a quienes sean titulares de acciones por importe igual o superior a 12.500 euros.

 

Cambios en la tributación de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI)

Se establece un gravamen del 15% sobre el importe de los beneficios obtenidos en el ejercicio que no sean objeto de distribución, en la parte que proceda de rentas que no hayan tributado al tipo general de gravamen del Impuesto sobre Sociedades, ni se trate de rentas acogidas al período de reinversión.

 

Modificación relativa a los pagos en efectivo

cuando interviene un profesional o un empresario: se reducen los umbrales, de los 2.500€ que estaban vigentes a los 1.000€ actuales. Quiere decir que ahora quedan prohibidos los pagos en efectivo por importe igual o superior a 1.000€. Así mismo, también se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000€ en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.
Modificación relativa a los pagos en efectivo

 

Quedan prohibidas las amnistías fiscales

Se prohíbe que se aprueben mecanismos de regularización tributaria que impliquen una disminución de la cuantía de la deuda tributaria (amnistía fiscal).

 

Prohibición de la producción, tenencia o comercialización del denominado ‘software de doble uso’

La nueva Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal establece la prohibición de la producción, tenencia o comercialización del denominado ‘software de doble uso’, es decir, utilizar programas informáticos que permiten manipular la contabilidad y que pueden ser empleados para ocultar parte de la actividad de una empresa.

 

Modificación en la reducción del 60% en el IRPF para alquileres de viviendas

Debido a las diversas interpretaciones realizadas por la Administración y los Tribunales en los últimos tiempos, la nueva ley aclara la expresión «rendimientos declarados por el contribuyente», explicando que la reducción solo se puede aplicar sobre el rendimiento neto positivo calculado por el contribuyente en su declaración-liquidación o autoliquidación, sin que proceda su aplicación sobre el rendimiento neto positivo determinado por la Administración en la tramitación de un procedimiento de comprobación o de inspección. Esto supone en sí mismo una sanción encubierta, pues si el contribuyente no declara esas rentas en periodo voluntario y son descubiertas en un procedimiento de comprobación, perderá el derecho a la reducción del 60%.

Esta nueva Ley entró en vigor el 9 de julio.

Recuerde que en Castellana Consultores estamos a su disposición: Puede solicitar una asesoría fiscal con nosotros, y estaremos encantados de ayudarle.

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