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Inmuebles arrendados en el IRPF de 2019: nuevo criterio de amortización

El cálculo automático de la amortización sobre los inmuebles arrendados es una de las novedades que conviene que usted tenga en cuenta al realizar la declaración de la renta del ejercicio 2019.

En un principio puede pensar que la Agencia Tributaria está simplificando los cálculos para la presentación del citado impuesto, ya que basta con indicar cómo se ha adquirido el inmueble (de manera onerosa o lucrativa) para que el programa de Rentaweb nos calcule el importe de la amortización.

Así, tal vez usted, como otros muchos contribuyentes, estará de acuerdo con el cálculo y no atenderá a las consecuencias que tiene esta novedad en el resultado de su declaración.

 ¿Qué consecuencias tiene este cambio de criterio sobre el resultado del impuesto?

Hasta ahora el gasto por amortización a deducir en la renta sobre los inmuebles arrendados se obtenía practicando el 3 por ciento sobre el mayor de los siguientes valores:

– Valor catastral exceptuando el valor del suelo.

– Coste de adquisición exceptuando el valor del suelo.

¿Qué consecuencia para usted, como contribuyente, tiene distinguir entre la adquisición onerosa o lucrativa?

Si ha adquirido la vivienda de forma onerosa, por compraventa, el cálculo de la amortización seguirá siendo el mismo que hasta ahora.

Sin embargo, si adquirió la vivienda a través de una donación o herencia el valor de adquisición no corresponde al valor por el que tributó en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, más Impuestos y gastos inherentes a la adquisición, como se venía haciendo hasta ahora. La Administración Tributaria interpreta que el valor del inmueble será el importe de los gastos y tributos satisfechos en la adquisición.

Por lo tanto, para el cálculo de la amortización se tendrá en cuenta el mayor de los valores entre los impuestos satisfechos en la adquisición y el valor catastral sin tener en cuenta el valor del suelo. En los últimos años el valor de la construcción es muy inferior al valor del suelo, por lo que la consecuencia de esta interpretación es un importe menor del gasto por amortización.

Finalmente, el nuevo criterio de distinguir entre adquisición onerosa o lucrativa nos lleva a la conclusión de un perjuicio para aquellos contribuyentes que hayan recibido un inmueble a través de una donación o herencia. Podrán deducir un menor gasto de amortización, siendo su rendimiento neto superior y aumentando así el importe por el que se tributa.

¿Cómo puedo saber si declaro correctamente el inmueble?

Podemos ayudarle en la correcta confección de su Declaración de la Renta y así evitar posibles sanciones o inspecciones tributarias. Consulte nuestro servicio de asesoría fiscal y contacte con nosotros.

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